Consejos vendo

Aquí somos todos buenos hasta que la ley o las sentencias se ciernen sobre uno. Aquí damos amplia doctrina sobre el Estado de Derecho, pero cuando llega la hora de asumir mandatos que no resultan favorables a la causa propia no son pocas las Administraciones, partidos políticos e incluso profesionales de la Justicia que se ponen de inmediato manos de obra para ver cómo sortearlos e incumplirlos.
Lo digo a propósito de la reacción de la Junta de Andalucía ante la sentencia del Tribunal Constitucional, que ha estimado el recurso del Gobierno central y denegado en consecuencia la pretensión del Ejecutivo de Susana Díaz de reducir a 35 horas semanales la jornada laboral de los 250.000 empleados públicos de la región.
El alto tribunal ha entendido que la norma andaluza vulnera las normas emanadas del Estado en el ejercicio de su facultad para regular el régimen jurídico de las Administraciones públicas; es decir, que se trataría de una invasión de competencias.
Pues bien: a la Junta de Andalucía no se le ha ocurrido mejor cosa que asumir en teoría las 37,5 horas semanales que establece la ley de Presupuestos generales de 2017, pero dividiéndolas en dos partes o conceptos: 35 serían presenciales, en el puesto de trabajo, y otras 2,5 a realizar por cada funcionario en su casa, sin control alguno y pagadas con dinero público. Ignoro qué recorrido práctico y jurídico podrá tener este artificioso subterfugio. Pero lo que no cabe –creo- es considerarlo como “acatamiento” de la sentencia, tal cual pretende ahora el Gobierno regional.
No sé, con todo, si Susana Díaz no habrá quedado de nuevo desautorizada para ser el ortodoxo altavoz del Partido Socialismo a la hora de salir al paso de desviaciones en el cumplimiento de la ley y de la propia Constitución. Porque, como se ha visto, bien puede aplicársele aquello de “consejos vendo y para mí no tengo”.
La controversia andaluza ha venido a coincidir en el tiempo con otras sentencias del TC que anulan las normas de País Vasco y Comunidad Valenciana para dar cobertura sanitaria total a los simpapeles. Y también, por invasión de competencias.
La verdad es que la norma estatal en que el Gobierno central ha basado sus respectivos recursos ha sido incumplida por casi todas las comunidades, bien a través de instrucciones internas por parte de la Administración sanitaria respectiva, bien por vistas gordas, bien por eufemísticos programas propios como en Galicia. Lo cual viene a mostrar una vez más la necesidad y hasta urgencia de la reforma del Título VIII de la Constitución, el peor de todos, a juicio de los expertos. Porque parece claro que no se puede seguir con un sistema en buena parte conformado a golpe de sentencias del TC, con las lógicas y distintas sensibilidades que ante el hecho autonómico el alto tribunal ha ido teniendo a lo largo de los años.

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