CAJÓN DE SASTRE

Dice que fue su mejor obra. Algo así como el reconocimiento del voto femenino o el movimiento  contra la segregación racial en Estados Unidos. Exagera, evidentemente. Pero lo cierto es que las celebraciones con ocasión del décimo aniversario de la ley que hizo posible en nuestro país el matrimonio entre personas del mismo sexto le han vuelto a poner las pilas a Rodríguez Zapatero. “Un hito de envergadura. Así lo verá la Historia”, ha sentenciado, muy en su línea magnífica,  el ex presidente del Gobierno. Por lo que él mismo ha contado, hasta en tres ocasiones habló del tema con Benedicto XVI en el curso de otros tantos encuentros oficiales. Y el hoy papa emérito siempre le hizo la misma pregunta: “¿Y por qué el término matrimonio?”. Parece que las explicaciones no fueron muy convincentes. Es ésta también la pregunta que muchos se han formulado estos días a propósito de la sentencia del Tribunal Supremo de Estados Unidos en virtud de la cual se reconoce el derecho de las parejas del mismo sexo a casarse. Entiende que se trata de un derecho fundamental amparado por la Constitución. En consecuencia, las leyes de los diferentes Estados federados que lo prohibían  son declaradas inconstitucionales. Un poco lo mismo que ya hizo en  1973  cuando impuso la legalización del aborto. Como era de esperar, el alto tribunal ha estado muy dividido: 5 votos a favor por 4 en contra. Para la minoría discrepante, se trata no de una interpretación de la Constitución, sino de la transformación o la redefinición  de una institución social, cual es el matrimonio, en su concepción como  relación hombre/mujer, abierta, por tanto, a la vida y base de la sociedad humana durante milenios. Un ejemplo claro de activismo y voluntarismo judicial, se ha dicho, más que un fallo jurídico asentado en Derecho.
Esta transformación implica difuminar los elementos naturales de la institución y sus fines objetivos para consagrar como aspecto clave la relación afectiva entre adultos. Pero si ello basta para fundamentar un derecho al matrimonio, no pocos se preguntan por qué limitarlo a la unión entre dos personas y no extenderlo, por ejemplo, a la poligamia –mucho más presente en la milenaria institución- y a las uniones de grupo. Todo podría caber y todo valer en esa artificiosa concepción del matrimonio.
Al tiempo, otros se cuestionan  qué sentido tiene que el Estado regule el matrimonio como una institución si se trata de una relación afectiva privada, sometida a los vaivenes del sentimiento y abierta a las diversas preferencias sexuales. ¿Por qué –se preguntan– encapsular tal cajón de sastre en un marco legal común?

CAJÓN DE SASTRE

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