Las cláusulas suelo: un rompecabezas

En principio el rompecabezas de las famosas cláusulas suelo era de los que solicitaban una hipoteca y se encontraban con esta nueva disposición en sus pólizas, que nacieron de forma unilateral. Vamos como todo lo que hace la banca para sacar el jugo a sus clientes de forma un tanto caprichosa. Pero ahora ese rompecabezas se ha vuelto como un boomerang contra sus propios resultados económicos, que se reflejarán en el balance de cada entidad, ya que cada una deberá devolver lo cobrado de más en concierto con el cliente y como mejor le salga a cada uno de los que todavía tengan la hipoteca viva. Pero los que mejor se verán recompensados serán aquellos que o bien la tengan pagada o casi en vías de extinción, con lo que se llevarán un buen pellizco. Ya era del cliente, la banca jugó a la ruleta y acabó perdiendo, aquello de que “la banca siempre gana” no se ha cumplido en esta ocasión y ya son muchos los pleitos que está acumulando en pérdidas por sus resoluciones unilaterales en los contratos de todo tipo en su relación con el cliente de la entidad.

El impacto en sus cuentas anuales puede alcanzar los cuatro mil millones de euros a devolver o negociar con el cliente respectivo, pero si la jurisprudencia española en un principio dijo que correspondía a partir de la fecha en que se formulase la denuncia, el tribunal europeo y ahora también muchos otros tribunales nacionales dan la razón al cliente y su devolución es desde el momento de la causa-efecto, es decir, del nacimiento del propio contrato, no el de pagar una parte y tener derecho sobre la otra parte. Esto ha supuesto un grave revés para las entidades financieras, las cuales no contaban con ello, pero el caso aún no ha finalizado, porque no abarca a todas la entidades bancarias, las cuales están a la espera de la sentencia en firme de la Corte de Luxemburgo, porque algunas eran abusivas y, por tanto, se les considera nulas.

Hay que considerar que es complicado saber en qué consiste ese abuso, debido a la falta de transparencia, ya que figuraba en las pólizas suscritas por el tenedor de la hipoteca y sus términos debieron ser explicados tanto por los empleados de la banca como por el fedatario público (notario). Estos últimos tienen la obligación de dar a conocer al firmante los datos más relevantes de la póliza que se rubrica en su presencia y, siendo así, el Tribunal Europeo se ratifica en sus consecuencias, que la banca tendrá que asumir como resultado de su propia acción punitiva en la colocación de esa cláusula en dichas pólizas.

Por tanto, la banca tendrá que hacer su propia estimación de a cuánto asciende este desliz. Algunas entidades ya han manifestado cuál será el impacto en sus cuentas, por lo que tendrán que hacer una provisión de fondos con cargo a los resultados del cuarto trimestre del 2016, que reducirá los beneficios de todas las entidades; incluso podía darse el paradójico caso de que alguna diese pérdidas en el conjunto del año. Lo que penalizará a los accionistas a la hora de percibir el dividendo y también a su cotización en bolsa, ya que se verá este sector de un modo global muy perjudicado en sus caídas.

Las cláusulas suelo: un rompecabezas

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