Deberes del ciudadano

Con frecuencia se pone el énfasis en los derechos del hombre y del ciudadano desde su proclamación en 1789 por la Revolución Francesa, cuando, en general, deben también destacarse los deberes que las personas y los ciudadanos deben asumir en virtud de su condición de seres sociables por naturaleza y, al mismo tiempo, miembros de un Estado.
Es cierto que la sociabilidad natural de las personas comporta un conjunto de derechos y obligaciones, tanto en su vida de relación social como en su relación con el Estado al que pertenecen.
Admitidos y aceptados los derechos humanos, así como los derechos civiles, económicos, sociales y políticos de la humanidad, parece obligando mencionar, también, los deberes y obligaciones que, en el ámbito público, deben asumir los ciudadanos para la sociedad en la que viven, se forman y desarrollan. De este análisis debe excluirse el ámbito privado de las relaciones contractuales, en las que rige, con carácter general, el principio de que “toda obligación consiste en dar, hacer o no hacer alguna cosa”.
Dentro del campo de las relaciones con el Estado puede considerarse como caso límite el de aquellos regímenes totalitarios que obligan a sus ciudadanos a indemnizar al Estado, en caso de trasladarse a vivir y trabajar en el extranjero, en compensación al esfuerzo económico, educativo y profesional realizado para su formación por el país de origen.
Exceptuado el caso anterior, el principal deber del ciudadano es el de contribuir a la defensa nacional, establecido en el artículo 30.1 de la Constitución, donde se dice que “los españoles tienen el derecho y el deber de defender a España” y, como segundo y más importante, “la obligación de soportar las cargas tributarias para el sostenimiento de los gastos públicos, exigiendo que aquéllas deberán ser acordes a la capacidad económica del contribuyente y los gastos consistir en una “asignación equitativa de los recursos públicos”.
Los anteriores criterios de proporcionalidad y equidad, tanto de los ingresos como de los gastos públicos, no son siempre, ni en todos los casos, los inspiradores de la política económica puesta en práctica por los partidos y los poderes públicos, pese a lo cual, no tienen otro castigo que el que puedan recibir en las urnas. Sólo en Islandia se exigió responsabilidad al gobierno saliente por su mala gestión en el ejercicio del poder.
Además de la defesa nacional y el deber de cumplir las obligaciones tributarias que se basan en el principio de “dar para recibir”, la ley no sólo castiga el fraude y la evasión fiscal, sino también la denegación de auxilio y la omisión del deber de socorro, por conductas insolidarias y delictivas.
Finalmente, la frase de Kennedy “no preguntes lo que tu país puede hace por ti; pregunta lo que tú puedes hacer por tu país” confirma la idea de que para exigir es preciso estar antes dispuestos a cumplir lo que podemos y debemos hacer.

Deberes del ciudadano

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