El Supremo rebaja la pena a una pareja condenada por violar a dos de sus hijas

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha rebajado casi a la mitad la pena a un padre y a una madre de Pontevedra condenados por violar a dos de sus hijas tras anular la declaración de una de las menores advirtiendo defectos en el modo en el que fue obtenida durante la instrucción.
Ambos progenitores habían sido condenados a más de 30 años de prisión cada uno por dos delitos continuados de “agresión sexual en la modalidad de violación” con las agravantes de actuación de dos o más personas y de especial vulnerabilidad de las víctimas, así como por obstrucción a la Justicia.
En la sentencia original, la Audiencia de Pontevedra consideraba a ambos culpables de repetidas agresiones sexuales y violaciones ejercidas sobre la hija mayor que la mujer tuvo con una pareja anterior, y que, según recoge el auto, sufrió las agresiones desde los once hasta los trece años, cuando le fue retirada la custodia a los padres. Asimismo, la Audiencia incluyó en su fallo la declaración prestada por otra de las hijas de la pareja, según la cual también fue sometida a agresiones sexuales y una violación durante las visitas pautadas por el centro de acogida donde se encontraban todos los hermanos en el año 2009, cuando la niña tenía “menos de diez años”.
En ambos casos, la sentencia recoge que las agresiones fueron realizadas por el hombre, aunque contando con la presencia de la mujer, que “permanecía sentada en la cama, mirando y satisfaciendo así sus deseos lúbricos”. En el caso de la hija mayor, precisa que los hechos sucedieron “muchísimas veces” y, en ocasiones, “más de una vez al día”.
Sin embargo, atendiendo a una reclamación de la defensa de los condenados, el Tribunal Supremo anula ahora la validez de esta declaración dado que durante ella no estuvieron presentes los abogados de los padres, por lo que no pudo ser “sometida a contradicción” en sede judicial y su admisión “supone una vulneración del derecho” del acusado. Por ello, la Sala anula la pena de catorce años y seis meses de prisión a cada uno de los padres por el delito de agresión sexual. En cuanto a la madre, rebaja la cualificación a “cómplice” y elimina la de “obstrucción”.

El Supremo rebaja la pena a una pareja condenada por violar a dos de sus hijas

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