El jurado declara culpable al ourensano acusado de asesinar a su mujer y su suegra en Vizcaya

El jurado del caso del doble crimen de la localidad vizcaína de Abadiño declaró, por unanimidad, al acusado, B.Q., natural de Cualedro (Ourense), culpable de asesinar, con los agravantes de alevosía y parentesco, a su mujer y su suegra, en diciembre de 2014. También le considera culpable de un delito de daños con incendio, tras dar fuego a su empresa y causar daños en dos empresas colindantes. 
El jurado, compuesto por seis hombres y tres mujeres, dio ayer a conocer su veredicto, tras concluir las deliberaciones que inició el pasado martes, una vez terminada la vista oral que celebró la Sección Segunda de la Audiencia vizcaína.
A lo largo del juicio, la Fiscalía, la Abogacía del Estado, la acusación particular en representación de la familia y la acción popular de la asociación Clara Campoamor defendieron que el acusado cometió dos delitos de asesinato con alevosía y agravante de parentesco y un delito de daños. 
Por su parte, la defensa sostuvo que se trataba de dos delitos de homicidio y planteó que el acusado actuó como consecuencia de un “arrebato” y, además, confesó los hechos. 
 Finalmente, el jurado determinó, en una decisión adoptada por unanimidad, que B.Q. es culpable de la muerte de su esposa y también de su suegra, “siendo su acción delito de asesinato con alevosía y parentesco”. Asimismo, le considera culpable del hecho de prender fuego a su carpintería, “siendo su acción un delito de daños por incendio”, según el veredicto leído por el portavoz del jurado. Finalmente, se mostró no favorable a la petición de aplicación de suspensión e indulto de la sentencia.
La Fiscalía solicitó la imposición de una pena de 20 años de prisión por cada uno de los dos asesinatos, a los que suma otros tres por el delito de daños. 
Según indicó, está justificado “moverse en el entorno de la pena máxima” para las muertes de las dos mujeres, teniendo en cuenta que da una “alevosía sorpresiva” por elementos como el hecho de que las víctimas estuvieran “tumbadas” y “aturdidas” en el momento en que las mataron, una “alevosía convivencial” en el caso de su esposa, ya que “no existían previos conflictos de convivencia”, y el “desvalimiento” en el caso de su suegra, una mujer de 88 años. Asimismo, incidió en que “se trata de un hecho premeditado” y, además, un hecho de violencia de género y doméstica.
En el caso del incendio, considera, de igual modo, que la pena debería situarse “en el entorno de la pena máxima”, teniendo en cuenta la premeditación, y que la cuantía de los daños ocasionados son “muy superiores” a los 400 euros, a partir de los cuales se considera un delito de daños, y la existencia de una pluralidad de afectados. n

El jurado declara culpable al ourensano acusado de asesinar a su mujer y su suegra en Vizcaya

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