Las familias de los fallecidos percibirán indemnizaciones de 75.000 euros

Las familias de los fallecidos percibirán indemnizaciones de 75.000 euros
GRAF2257. SANTIAGO DE COMPOSTELA, 19/10/2017.- El presidente de la xunta, Alberto Núñez Feijóo, durante la rueda de prensa posterior a la reunión del consello,esta mañana en Santiago de Compostela. EFE/Lavandeira jr

El Gobierno gallego aprobó ayer el decreto de medidas urgentes de ayuda para la reparación de los daños ocasionados por los incendios de los días pasados, que incluye indemnizaciones que, en el caso de fallecimiento e incapacidad permanente absoluta serán de 75.000 euros, frente a los 18.000 euros que se reciben a nivel estatal, y de entre 60 y 103 euros por día de hospitalización.

En la rueda de prensa posterior al Consello de la Xunta, Feijóo subrayó que se “incrementan” las indemnizaciones porque, en el caso de los incendios no se trata “solo de una emergencia”, sino que hay “una intencionalidad delictiva”. “Que pregunten a las familias de las cuatro víctimas mortales si atenta o no contra la vida”, indicó.

“Haremos hincapié en ello”, subrayó, antes de recalcará que la “prioridad absoluta” del Gobierno es atender a las familias.

“Que sirva de algo para paliar moral y económicamente” a quienes perdieron familiares como consecuencia “del terrorismo incendiario”, manifestó Feijóo, quien también avanzó otro tipo de ayudas para paliar los efectos de una ola de incendios que provocó el desalojo provisional de 2.500 personas y que 32 viviendas quedasen “afectadas o destruidas” por el fuego.

Así, las viviendas que constituyan la residencia “permanente y habitual” de sus moradores y en sus instalaciones complementarias serán beneficiarias de ayudas hasta cubrir “el cien por cien” del valor de reparación o reposición del inmueble dañado, con un máximo que supondrá el 75% del precio de una vivienda protegida en la misma localidad.

 

Menaje e instalaciones

En el caso de las viviendas de carácter ocasional, podrán recibir ayudas de hasta el 40% del valor de reparación o reposición del inmueble dañado.

En concreto, se incluyen las construcciones anexas e instalaciones complementarias y elementos comunes como pozos, hórreos, cobertizos, invenaderos para autoconsumo o instalaciones eléctricas y de iluminación, instalaciones de telecomunicaciones, siempre y cuando estén situadas en el mismo predio.

Serán igualmente objeto de ayudas los daños sufridos en el menaje doméstico de primera necesidad y, al igual que en las viviendas, “cubrirá el cien por cien” si es de la vivienda habitual o el 40% en el caso de vivienda ocasional.

Además, la Xunta podrá contribuir a sufragar los gastos que origine el alojamiento provisional de quienes tengan que abandonar temporalmente sus viviendas y, en su caso, mientras efectúen las obras de reparación.

A estos efectos, podrá celebrar convenios con otras administraciones públicas o con organizaciones especializadas en el auxilio o asistencia a damnificados en situaciones de siniestro.

El presidente de la Xunta también informó de que las entidades locales podrán pedir ayudas que serán destinadas a cubrir los gastos derivados de las actuaciones llevadas a cabo como consecuencia de los incendios y de los daños causados en los bienes de titularidad municipal perjudicados por los fuegos.

Las familias de los fallecidos percibirán indemnizaciones de 75.000 euros

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