Los letrados del Parlament opinan que la investidura debe ser “personal y presencial”

Los letrados del Parlament opinan que la investidura debe ser “personal 
y presencial”
Carles Puigdemont valora los resultados electorales desde el Press Club de Bruselas | aec

Los letrados del Parlamento catalán coinciden de manera unánime en que la investidura del nuevo presidente de la Generalitat debe ser “presencial y personal”, considerando pues que el reglamento de la Cámara no sustentaría una investidura telemática ni delegada de Carles Puigdemont.
A pesar de que no existe un encargo formal, los letrados mantienen en los últimos días diversas reuniones en las que están estudiando a fondo el reglamento, para así estar preparados en el caso de que algún grupo pida informe oficial, dadas esas opciones de investidura barajadas desde Junts per Catalunya y ERC.

Unanimidad
La última de esas reuniones se produjo el miércoles por la tarde y en ella los letrados coincidieron de forma unánime en considerar que la investidura del presidente de la Generalitat debe ser presencial, según avanzó ayer “La Vanguardia” y confirmaron fuentes parlamentarias.
“No hay prácticamente discrepancia”, señalan las fuentes consultadas, que descartan que el reglamento permita una investidura telemática por vídeo–conferencia o bien de forma delegada en otro diputado, como plantean los grupos independentistas.
Así, el artículo 146 del reglamento apunta a que el candidato debe “presentar” su programa de gobierno y solicitar la confianza del pleno, aunque los grupos independentistas se acogen a que en ningún momento se especifica si el candidato debe presentar su programa de forma presencial.

Interlocución
El principal argumento es que la investidura se trata de un acto “personalísimo”, en la que se inviste a un candidato que es quien ha de estar ante el pleno e interlocutar con él con sentido de inmediatez y sin que sea otro diputado distinto.
Pero los letrados inciden además en una cuestión “gramatical”, ya que el reglamento señala que debe ser “delante” del pleno, cosa que no ocurriría si hubiera “una cosa interpuesta”, ya sea una pantalla o una persona delegada.
Otros argumentos residen en el hecho de que el debate parlamentario, según opinan los letrados, se rige por el principio de igualdad entre todos los diputados y de libertad.
De este modo, por ejemplo, si Puigdemont hiciera su discurso a través de una pantalla de plasma, podría estar asesorado constantemente por otras personas, cosa que rompería el principio de igualdad con los demás diputados que, una vez empezadas sus intervenciones, no pueden recibir ayuda externa.
Otro escenario descartado por todos los letrados es el relativo a la delegación de voto, al considerar que el artículo 93 del reglamento deja claro que se ciñe a baja por maternidad o paternidad, hospitalización, enfermedad grave o incapacidad prolongada debidamente acreditadas. “Los supuestos que hay no admiten una extrapolación a una imposibilidad por otros motivos”, señalan dichas fuentes sobre una investidura delegada.
A las mismas conclusiones llegó el Gobierno, que analizó el Reglamento del Parlament ante la hipótesis de que Carles Puigdemont, refugiado en Bruselas, quiera presentarse a la investidura vía telemática y concluyó que no cabe tal posibilidad.
Entre los aspectos que recoge informa sobre una norma que en su artículo 146.1 exige que el candidato a la Presidencia presente su programa de gobierno y solicite la confianza del pleno y que no contempla una fórmula
no presencial.

Los letrados del Parlament opinan que la investidura debe ser “personal y presencial”

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