El Popular alega la falta de competencia de los tribunales españoles ante las demandas de los accionistas

El Popular alega la falta de competencia de los tribunales españoles ante las demandas 
de los accionistas
Sobre la reducción a cero de las acciones, el Popular apunta a las decisiones de las autoridades europeas de supervisión | aec

Los accionistas del Banco Popular que emprendieron acciones civiles contra la pérdida de sus inversiones han comenzado a recibir las respuestas de la entidad financiera, que alega la falta de competencia de los tribunales nacionales para pronunciarse acerca de una operación ejecutada a instancias de Europa.
Según fuentes jurídicas, la defensa de la entidad, que ejerce el despacho de abogados Pérez Llorca, ya ha presentado en los juzgados diversas declinatorias a estudiar por los magistrados, que deberán ahora analizar si aceptan su competencia. Así figura en un escrito, en el que el Popular explica que el juzgado de Primera Instancia al que se dirige “carece de jurisdicción internacional para enjuiciar y resolver este procedimiento”, ya que el órgano al que le correspondería estudiar la demanda es el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE).
Sobre la amortización o reducción a cero de todas las acciones y bonos de la entidad por la operación, el Popular explica que no tomó ninguna decisión al respecto, sino que fue “objeto de las adoptadas por las autoridades europeas de supervisión”, esto es, la Junta Única de Resolución (JUR), después ejecutada por el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB).

Protección
Unas medidas destinadas a “asegurar la continuidad de los servicios financieros, evitar que se consuman recursos de los contribuyentes y proteger a los depositantes”, prosigue el texto, que remite a la normativa europea.
El Popular, que entiende que la demanda pretende anular todo el dispositivo de resolución, expone que el contenido de esta es competencia “exclusiva y excluyente” de los tribunales de la Unión Europea, en particular del TGUE en primera instancia, y del Tribunal de Justicia Europeo, en casación. Mientras que, de forma subsidiaria, los reproches a la ejecución por parte del FROB habrían de revisarse en contencioso-administrativo. Argumentos que ya fueron contestados por el abogado Felipe Izquierdo, que aclara que la demanda pretende solicitar la nulidad por error o vicio en el consentimiento de la compra de acciones del Popular en la ampliación de capital de 2016.
El documento critica que el banco emplee “tan inútil argumento defensivo y dilatorio” que contradice los principios de la buena fe, haciendo “flaco favor a su imagen reputacional” especialmente después de que el Santander, que adquirió el negocio por un simbólico euro, haya lanzado una campaña de canje de acciones de la ampliación por bonos de fidelización.

Ron y Saracho
Al margen de los procedimientos civiles, los particulares que se querellaron contra los dos últimos consejos de administración continúan a la espera de que el juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu cite a una veintena de personas, entre ellas los expresidentes Ángel Ron y Emilio Saracho. Según ha trascendido, el Banco de España, a propuesta de la acusación de Unive Abogados, ha designado a los peritos Santiago Jesús Ruiz-Clavijo y Pablo Hernández Romeo como expertos judiciales.
Activa también se mantiene la sala de lo Contencioso-Administrativo, en la que en los últimos quince días se han registrado tres nuevos recursos, dos de personas jurídicas (Fundación Barrié y Arfán Arquitectura y Servicios), según publica el BOE. Otros inversores apuran el plazo para suscribir la medida de compensación del Santander, que expira el próximo 7 de diciembre.

El Popular alega la falta de competencia de los tribunales españoles ante las demandas de los accionistas

Te puede interesar