El juez desestima la demanda de Hierros Añón contra NCG y el FROB

El juez desestima la demanda de Hierros Añón contra NCG y el FROB
23 febrero 2015 página 22 A CORUÑA, 22/01/2015.- Juicio por la demanda de Hierros Añón contra el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) y NCG Banco por nulidad contractual tras perder 25 millones de euros en

El Juzgado de Primera Instancia número 2 de A Coruña desestimó la demanda de Hierros Añón contra NCG Banco y el FROB, en la que solicitaba la nulidad de los contratos de compraventa de acciones suscritos entre diciembre de 2011 y enero de 2012 y la restitución de más de 25 millones de euros con intereses.
El pasado 23 de enero se celebró la última sesión del juicio por la demanda de esta empresa, que se suma a las de casi una veintena de inversores gallegos que perdieron algo más de setenta millones de euros tras su depósito en la entidad financiera.
Del total, Hierros Añón perdió 25 millones después de que el presidente de NCG, José María Castellano, asegurara al propietario de la empresa, Manuel Añón, que la situación de la entidad “era fantástica”, ya que era “el mejor banco que se puede encontrar en España”, según manifestó en la vista judicial.
El perito citado por esta empresa sostuvo por su parte que los inversores no pudieron conocer la complicada situación de la entidad y añadió que incluso se les dijo “lo contrario”, a pesar de que “era un banco no saneado”. Seguidamente, el FROB consideró que el ajuste de más de mil millones de euros que se hizo en marzo de 2012, aunque con efecto a diciembre de 2011, es “correcto” y no provocó “merma de su inversión”, sino que esto se produjo cuando se amortizaron las acciones “a finales del año 2012”, un período que fue “bastante convulso” por la “situación económica”.
En la sentencia, se declara probado que no concurrió vicio de consentimiento alguno en la suscripción de los contratos, pues en este caso considera que se trata de un inversor cualificado que contaba con la información suficiente para conocer cualquier circunstancia relevante de la entidad, por cuanto que era pública.
Así, advierte de que las circunstancias alegadas por Hierros Añón como justificación de su pretensión –la práctica de un ajuste contable de carácter retroactivo y la aprobación posterior del Real Decreto Ley 2/2012, de 3 de febrero– no se pueden admitir. Además, concluye que no se ocultó información, puesto que además de esta empresa invirtieron, entre otros, el presidente y el consejero delegado de NCG Banco, así como el empresario Roberto Tojeiro, que formaban parte del órgano de administración y del Comité de Auditoría de la entidad bancaria.
La sentencia indica también que el ajuste contable practicado no afectó a la inversión de la empresa porque esta adquirió las acciones al mismo precio que el FROB, según su valoración y no por datos contables, y ello no supuso riesgo alguno para la viabilidad del banco ni su solvencia.
No obstante, la intervención del FROB en NCG Banco podría poner de manifiesto la imposibilidad de este de hacer frente a sus dificultades públicamente conocidas. Según el fallo del juzgado coruñés, la inversión realizada, además de los riesgos consustanciales a cualquier operación de este tipo, conllevaba los adicionales derivados de la situación económica no solo nacional, sino mundial, y de los de la concreta situación financiera de la entidad, que era notoria, concluye.

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