Condenado un hombre que fue detenido por traficar con hachís hace más de nueve años

Fue en enero de 2005 cuando la Policía Nacional efectuó una entrada y registro de un bar de la calle del Monasterio de Moraime, en O Ventorrillo, tras tener informaciones de que en el local se vendía droga y arrestó a un sospechos. Pasados más de nueve años, el juzgado de penal 4 acaba de dictar sentencia contra el hombre arrestado, seis meses de cárcel y mil euros de multa por un delito contra la salud pública relativo a sustancias que no causan grave daño a la salud.
La resolución pone de relieve  que en el cacheo al que sometieron al acusado, los agentes le requisaron un trozo de hachís de 19 gramos. Ese mismo día, al realizar una inspección en su vehículos apareció, oculto en una cazadora, un bloque de la misma sustancia con un peso de 255 gramos.
Según la tasación judicial, el conjunto de la droga tenía un valor de más de mil cien euros en su venta a terceras personas, que es la conducta por la que el hombre fue llevado a juicio. La Fiscalía solicitaba de manera inicial cerca de dos años de prisión para el vendedor, pero el fallo judicial reconoce las dilaciones indebidas en las que ha incurrido el procedimiento judicial para reducir de forma importante esa petición. La sentencia recoge también la circunstancia de que el hombre ya cumplió en prisión preventiva seis meses de cárcel, la totalidad de su condena.

operación policial
La misma conducta va a costar a otro hombre detenido, en este caso, en junio del año pasado, otra condena de seis meses de cárcel. Su arresto se produjo en el curso de una operación policial contra la venta de estupefacientes en locales de ocio nocturno, tras ser sorprendido en un bar de la calle de Barcelona en posesión de 96 gramos de resina de cannabis escondidos en el pantalón.
La sentencia, que firma el juzgado de penal 5, considera “imposible” que esa cantidad de droga pudiera estar destinada al consumo compartido en lugar de a la venta a terceros, como argumentaba el acusado. “No es la cantidad pequeña o insignificante que exige la jurisprudencia (...), aparte de que la condición del acusado y aun de sus hermanos no nos consta probada en modo alguno”, valora el magistrado. Lo que sí acepta es que la conducta enjuiciada tiene “escasa entidad”, ya que no se pudo demostrar ningún acto concreto de venta, y también reconoce como circunstancia atenuante la actitud colaboradora del detenido.

Condenado un hombre que fue detenido por traficar con hachís hace más de nueve años

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