Una sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) dictamina que no se ejecute la orden de derribo que pesaba sobre la cubierta del edificio Casa Sara, situado en las inmediaciones del paseo marítimo de Santa Cristina, en Perillo.
Según fuentes del Ayuntamiento de Oleiros, el fallo judicial considera que el derribo no cumpliría el principio de proporcionalidad, ya que según el Plan General de Ordenación Municipal (PGOM), aprobado en 2009, la cubierta es legal y supondría derribarla para volver a edificarla. Un hecho que el equipo de gobierno, que preside Ángel García Seoane, considera muy positivo.
El propio regidor asegura que con esta decisión judicial se termina el “calvario” de 56 familias que llevan más de treinta años de sufrimiento. Asimismo, García Seoane señala que el Ayuntamiento oleirense negocia con los denunciantes la forma de pago de 1,2 millones de euros en concepto de indemnización por no ejecutar el derribo.
El mandatario local indicó además, en una comparecencia que realizó ayer, que la cantidad económica mencionada es menos de la mitad de los tres millones de euros que supondría acometer la demolición y realojar a todas las familias que residen en el inmueble de Santa Cristina.
Las citadas fuentes municipales señalan que el problema del edificio Casa Sara se remonta al año 1977, cuando la última corporación local preconstitucional otorgó licencia para construir más de 80 viviendas en el entorno de la playa.
Tras las continuas protestas de los colectivos vecinales de la zona, encabezados por la asociación de vecinos A Ría, se logró suspender la licencia y ya en el año 1982, el regidor José Luis Martínez firmó un convenio con los propietarios del solar que permitió después la construcción de 38 viviendas y 24 apartamentos.
Posteriormente la construcción del edificio fue denunciada también en el año 1986 por dos propietarios de residencias próximas que argumentaban que la cubierta de Casa Sara les quitaba vistas.
Orden > Un tribunal falló a favor de los demandantes y ordenó el derribo parcial del tejado. Desde ese momento la citada orden recorrió distintas fases de un dilatado proceso judicial que culmina con el fallo de la sala de lo contencioso administrativo del alto tribunal gallego, que declara la inejutabilidad de la demolición.
Cabe recordar que en el mes de noviembre de 2008 el propio alcalde había anunciado que se había alcanzado un acuerdo con los querellantes para indemnizarlos y evitar así que se llevase a cabo un derribo. El desenlace de esta cuestión parece que llegó al fin ayer.





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